lunes, 15 de junio de 2015

Pensión a viudas de petroleros

Un tribunal federal estableció que las viudas de trabajadores jubilados de Petróleos Mexicanos (Pemex) tienen derecho a que la empresa les otorgue pensión y servicios médicos vitalicios.


México, D.F.
El Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo amparó a 72 viudas de trabajadores que, en 2006, demandaron que se les siguiera pagando pensión.
El Contrato Colectivo de Trabajo vigente permite a los jubilados elegir cómo se pagará la pensión a sus viudas o viudos: por períodos de tres, cinco u ocho años, en los que recibirán un monto mensual cercano al ingreso que percibía el fallecido, o de por vida, con pagos más reducidos.
Las viudas que ganaron el juicio estaban en planes de pagos que expiraron a los pocos años de fallecidos sus maridos, casi todos en la década de los 90, y algunos antes de 1995, cuando el CCT no incluía pensiones de viudez vitalicias.
El tribunal resolvió que las viudas que aún viven tienen derecho a que se les siga pagando “un mínimo vital” equivalente a la pensión de viudez que contempla la Ley del Seguro Social.
Los magistrados consideraron que las cláusulas del CCT son inferiores a mínimos del artículo 123 constitucional, no obstante que la jubilación de la que disfrutaban los trabajadores era un beneficio que no contempla la ley.
“Si bien las actoras ejercitaron el derecho contractual a recibir su pensión de viudez durante el término que eligieron sus benefactores, el cual ya se cumplió y liberó a Pemex de cubrir las pensiones correspondientes en los términos estipulados en el CCT, esto no es obstáculo para que las demandadas absorban el costo del mínimo vital”, resolvieron.

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